Entra en vigor la nueva ley de vivienda
La nueva ley de vivienda ya es una realidad. Se trata de “la primera ley estatal reguladora del derecho a la vivienda desde la aprobación de la Constitución”, según el texto publicado en el BOE.
La norma prevé regular los desahucios, recoge la posibilidad gravar más a las viviendas vacías, quiere poner tope a la actualización de rentas, establece nuevos incentivos fiscales para propietarios y creará uno nuevo índice de referencia, debido a la fluctuación del IPC en los últimos tiempos.
A continuación, detallamos algunas de las novedades que incorpora la ley:
Grandes propietarios y zonas tensionadas
Una de las cosas que más ampollas ha levantado es la figura de los grandes propietarios y que se deje en manos de las comunidades autónomas y ayuntamientos la creación de zonas tensionadas de alquiler que servirán para controlar los precios.
En este sentido, la ley define como gran propietario aquella persona física o jurídica con más de diez viviendas en propiedad o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados, sin contar garajes y trasteros.
Asimismo, serán considerados grandes tenedores aquellos con más de cinco inmuebles en la misma zona tensionada, si así lo estima la comunidad autónoma a la que pertenezcan.
Respecto a las zonas tensionadas, deben contar con el visto bueno de gobiernos municipales y autonómicos y se rebajan los requisitos para que sean consideradas así, por lo que se podrán declarar cuando se cumpla uno de los dos requisitos establecidos: que el esfuerzo económico supere el 30% de la renta media o que los precios hayan aumentado al menos 3 puntos por encima del IPC.
Esta norma será revisada cada tres años y podrá ser revertida antes en función de la situación del mercado.
Vivienda protegida
La reforma modifica los porcentajes que los propietarios de suelo tendrán que reservar para vivienda protegida. Según los planes del Gobierno, en las actuaciones de nueva urbanización la reserva mínima pasará del 30% al 40% del suelo urbanizable. En el caso de las actuaciones de reforma o renovación de la urbanización en suelo urbano no consolidado, cambiará del 10% al 20%.
Inmuebles vacíos y recargo del IBI
La ley también recoge la definición de «vivienda vacía» para que los ayuntamientos puedan aplicar el recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a aquellas viviendas que lleven vacías más de 2 años, y siempre que el propietario tenga un mínimo de 4 viviendas en esta situación.
Incentivos fiscales
Además de estas multas que quedarían en manos de los ayuntamientos, la ley establece incentivos fiscales que se aplicarán en el IRPF y de los que se pueden beneficiar los arrendadores de inmuebles destinados a vivienda.
No obstante, no se pondrán en marcha hasta el 1 de enero de 2024 y se harán efectivos en la renta de 2025.
La ley es “puro intervencionismo”
Desde FRECOM y a través de nuestro presidente, José Hernández, hemos manifestado en varias ocasiones la profunda preocupación y malestar por la puesta en marcha de esta ley, que hemos calificado de puro intervencionismo por parte del estado, especialmente en lo referente a la consideración de gran tenedor y al tope del precio del alquiler.
En palabras del presidente “desde la Federación rechazamos toto tipo de intervención administrativa burocrática que dificulte el acceso a la vivienda de los ciudadanos. El Gobierno ya atacó la propiedad y ahora es el turno del alquiler”.
Para Hernández se trata de “un continuo ataque a la actividad empresarial y al sector de la construcción en particular”.